SCJN reconoce a familiares como víctimas indirectas de feminicidio
- Redacción
- 15 may
- 1 Min. de lectura
La Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que los familiares de víctimas de feminicidio tienen derecho a reparación integral del daño.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó un criterio histórico: los familiares de mujeres asesinadas por razones de género deberán ser reconocidos como víctimas indirectas de feminicidio. Esta decisión les otorga el derecho a una reparación integral del daño por parte del Estado.
El fallo surge a partir del caso de Fátima Quintana, una joven de 12 años víctima de feminicidio en el Estado de México en 2015. La SCJN resolvió que su madre y su padre también fueron afectados de manera directa por el crimen, por lo que deben recibir atención, apoyo y medidas de reparación como víctimas indirectas.
Los ministros coincidieron en que el impacto de un feminicidio no se limita únicamente a quien pierde la vida, sino que también afecta profundamente a sus familiares, quienes muchas veces enfrentan procesos legales, estigmatización y abandono institucional.

La resolución establece que todas las autoridades están obligadas a aplicar esta perspectiva de reparación cuando se trate de feminicidios, lo que incluye atención psicológica, acceso a la justicia, apoyo económico y medidas que garanticen su bienestar integral.
Con este fallo, la Corte da un paso importante en el fortalecimiento de los derechos de las víctimas en México y en el reconocimiento del daño colectivo que provoca la violencia feminicida.
Fuentes: El País, La Jornada, Red TDT, Noventa Grados, Norte de Chihuahua
Comments